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CUPOS DE ALCOHOL RIGEN A PARTIR DEL 06 DE FEBRERO 2010

enero-18-2010

En función de lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 94 del 23 de Diciembre de 2009, el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. NACDGERCGC10-0006 el 13 de enero de 2010, en la cual establece los requisitos y el procedimiento que deberán seguir los contribuyentes que deseen solicitar un cupo o cuota para adquirir alcohol para las actividades exentas de ICE que constan en el artículo 77 de la Ley de Régimen Tributario Interno. 

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